Recurso de amparo

El recurso de amparo permite, en particular, a los y las ciudadanas hacer valer las libertades garantizadas por la Constitución frente al Estado. Podrá interponer un recurso de amparo toda persona que se considere agraviada por los poderes públicos en uno de sus derechos fundamentales o en uno de sus derechos garantizados por los artículos 20 (4), 33, 38, 101, 103 y 104 (art. 94 (1) núm. 4a de la Ley Fundamental).

Todos los actos de la autoridad pública de cada uno de los tres poderes: legislativo, ejecutivo y judicial pueden ser impugnados. Lo esencial es saber si el acto impugnado fue adoptado sobre la base de una ley compatible con la Constitución y si se respetaron los derechos fundamentales durante la aplicación de esta ley.

En el contexto de un recurso de amparo, la Corte Constitucional Federal puede declarar la inconstitucionalidad de un acto de la autoridad pública, declarar nula una ley, revocar una decisión judicial dictada en violación de la Constitución y devolver el caso a la corte o al tribunal competente. Cualquier decisión posterior, sin embargo, es competencia de las cortes y tribunales ordinarios; por tanto, la Corte Constitucional Federal no decide sobre indemnizaciones por daños ni sobre medidas de persecución penal.

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Control abstracto de normas

El Gobierno Federal, el Gobierno de un Estado federado o una cuarta parte de los miembros del Bundestag pueden solicitar que se examine la constitucionalidad de una norma.

Control concreto de normas

Ningún otro tribunal puede declarar la inconstitucionalidad de una ley por sí mismo, sino que debe remitir su procedimiento a la Corte Constitucional Federal.

Litigio entre la Federación y los Estados federados

El Gobierno Federal y los Estados federados pueden defender sus competencias dentro de la estructura federal ante la Corte Constitucional Federal.

Litigios entre órganos constitucionales federales

Los órganos federales superiores u órganos equivalentes pueden solicitar que se aclaren sus derechos y obligaciones mutuos derivados de la Ley Fundamental.

Medidas cautelares

En casi todos los tipos de procedimientos, la Corte Constitucional Federal puede dictar medidas cautelares y disposiciones provisionales.

Procedimiento de prohibición de un partido político

Sólo la Corte Constitucional Federal puede prohibir partidos anticonstitucionales a petición del Bundestag, el Bundesrat o el Gobierno Federal.

Recurso de revisión electoral

En las elecciones al Bundestag y al Parlamento Europeo, la Corte Constitucional Federal revisa, previa solicitud, si se ha respetado el derecho electoral.